En el día de hoy se ha publicado en el BOJA la resolución de 12 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional Autónomos y Programas para el Empleo del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se regula el acceso del alumnado a las acciones de formación, dirigidas a la obtención de los certificados de profesionalidad de nivel I, II y III.
En este boletín se establece que:
El requisito formativo de acceso a los certificados de profesionalidad nivel II será al menos uno de los siguientes:
- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
- Estar en posesión de certificado de profesionalidad del mismo nivel que el módulo o módulos formativos y/o certificado de profesionalidad al que se desea acceder.
- Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional.
- Cumplir el requisito académico de acceso al ciclo formativo de grado medio establecido: segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) o Título de Técnico o de Técnico Auxiliar; o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por la administración educativa.
- Tener superada la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años y/o 45 años.
- Tener los conocimientos formativos o profesionales suficientes que permitan cursar con aprovechamiento la formación, en los términos previstos en los siguientes apartados.
- Estar en posesión del título de Graduado Escolar de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, o equivalentes.
- Acreditar formación no reglada en las competencias relacionadas en el certificado de profesionalidad, mediante diplomas acreditativos expedidos por los diferentes Servicios Públicos de Empleo de, al menos, 120 horas lectivas o mediante cualquier otro diploma acreditativo de, al menos, 240 horas lectivas.
- Acreditar una experiencia profesional de, al menos, 12 meses en las competencias del certificado de profesionalidad que desea realizar.
- Superar las pruebas de acceso que, en su caso, convoque el Servicio Andaluz de Empleo.
El requisito formativo de acceso a los certificados de profesionalidad nivel III será al menos uno de los siguientes:
- Estar en posesión del título de Bachiller.
- Estar en posesión de certificado de profesionalidad del mismo nivel que el módulo o módulos formativos y/o certificado de profesionalidad al que se desea acceder.
- Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia y área profesional.
- Cumplir el requisito académico de acceso al ciclo formativo de grado superior establecido: segundo de Bachillerato de cualquier modalidad de Bachillerato experimental, Título de Técnico Superior o Técnico Especialista, Curso de Orientación Universitaria (COU) o Preuniversitario, Titulación Universitaria o equivalente; o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por la administración educativa.
- Tener superada la prueba de Acceso a la Universidad para mayores de 25 años y/o 45 años.
- Tener los conocimientos formativos o profesionales suficientes que permitan cursar con aprovechamiento la formación, en los términos previstos en los siguientes apartados:
- Acreditar formación no reglada en las competencias relacionadas en el certificado de profesionalidad mediante diplomas acreditativos expedidos por los diferentes Servicios Públicos de Empleo de, al menos, 300 horas lectivas o mediante cualquier otro diploma acreditativo de, al menos, 600 horas lectivas, o acreditar estar en posesión de título o certificación académica equivalente al Título de Bachiller.
- Estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, y tener una experiencia de, al menos, 12 meses en las profesiones relacionadas con las competencias del certificado.
- Acreditar una experiencia profesional de, al menos, 3 años en las competencias del certificado de profesionalidad que desea realizar.
- Superar las pruebas de acceso que, en su caso, convoque el Servicio Andaluz de Empleo.
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